
Proponen una nueva ley para bomberos
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Esta medida se encuentra prevista en el Capítulo IX del citado proyecto de ley, bajo el nombre de “Impuesto Ad Valorem”. El artículo 41 dice que el hecho generador para el cobro del impuesto será la extensión, renovación o modificación de pólizas de todo tipo de seguros.
En el artículo 42, se dispone que la cantidad a pagar por el impuesto será el 5% de la prima de la suma asegurada; así como la renovación, renovación o modificación de las pólizas respectivas, excluyendo los impuestos sobre la transmisión de bienes inmuebles y la prestación de servicios a las tarifas establecidas. El impuesto se cobrará, según el artículo , cuando se pague la operación de que se trate. Las compañías de seguros están obligadas a pagar mensualmente dicho impuesto a Hacienda.
La distribución de beneficios, por supuesto, no se destinará íntegramente al cuerpo de bomberos. Según la misma normativa, establece en el artículo 47, el 75% de lo recaudado se destinará a los bomberos. El 25% restante se agregará al presupuesto del Ministerio de Gobernación, para ser usado en actividades de Protección Civil.
La iniciativa presentada la tarde del martes 30 de agosto y fue incluida en la sesión plenaria del mismo día.


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