Ajuste de precios del Gas Licuado a partir de Agosto de 2024

Gobierno mantiene subsidio y estabiliza costos a pesar del alza en el mercado internacional.

Economía01/08/2024Ahora NoticiasAhora Noticias
dsfds

La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) ha anunciado variaciones en los precios de los cilindros de Gas Licuado de Petróleo (GLP) para el mes de agosto de 2024. Estos ajustes se deben a la reciente disminución en las exportaciones de propano desde Estados Unidos, que ha elevado ligeramente los precios internacionales. Sin embargo, el subsidio gubernamental sigue desempeñando un papel clave en la mitigación del impacto sobre los consumidores.

Para agosto, el subsidio focalizado al GLP será de US$8.04, lo que reducirá el costo que los beneficiarios deben pagar por un cilindro de 25 libras a US$3.09. Los precios máximos de venta al público para las distintas presentaciones serán de US$4.61 para el cilindro de 10 libras, US$8.98 para el de 20 libras, US$11.13 para el de 25 libras, y US$15.50 para el de 35 libras. Esta medida busca proteger a más de un millón de familias que dependen del GLP para sus necesidades domésticas.

GT3O7sRWgAA6Tz-

El Gobierno ha prorrogado la “Ley Transitoria para la Estabilización de Precios del GLP” a través del Decreto Legislativo 761, que se mantendrá en vigor hasta el 31 de mayo de 2025. Esta ley ayuda a estabilizar los precios del GLP a pesar de la volatilidad en el mercado internacional, proporcionando un alivio adicional a los consumidores. Además, se están realizando inspecciones en puntos de venta y plantas envasadoras para garantizar que los subsidios se apliquen correctamente y que los cilindros cumplan con los estándares de seguridad.

El gobierno continúa implementando estrategias para contrarrestar la inflación global. Se hace un llamado a la población para que denuncie cualquier incumplimiento relacionado con los precios de los cilindros de GLP. La DGEHM es la encargada de fijar el precio máximo de venta de este producto subsidiado, y cualquier irregularidad puede ser reportada conforme al artículo 9-A de la Ley Reguladora del Depósito Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.
 
 
 
 
 
 

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email