
Registro Electrónico Obligatorio para Comerciantes en Línea
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La Defensoría del Consumidor ha habilitado el Registro Único de Proveedores de Bienes y Servicios en Comercio Electrónico. Este registro tiene como objetivo facilitar la inscripción de comerciantes y empresas que operan en plataformas digitales, sitios web, redes sociales y aplicaciones móviles, en cumplimiento del artículo 21-A de la Ley de Protección al Consumidor.
Los proveedores deben registrarse antes del 31 de julio de 2025 para evitar sanciones. Además, aquellos que creen o contraten nuevas plataformas digitales deberán completar el registro en un plazo no mayor a 20 días hábiles. El incumplimiento será considerado una infracción grave, sancionable con multas de hasta 500 salarios mínimos.
Las micro y pequeñas empresas (MYPE) también están obligadas a registrarse, garantizando así la protección de los derechos de sus consumidores. Para más información sobre requisitos y procedimientos, los interesados pueden acceder al portal web de la Defensoría del Consumidor.


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